El objeto primario de la Caja de Ahorros, está representado por el rendimiento obtenido durante el ejercicio económico financiero, producto de la inversión y manejo financiero de los Haberes de sus Afiliados.
Los Estatutos expresan dicho objetivo primario, de la siguiente manera:
“Al cierre del Ejercicio Económico que será el 31 de Diciembre de cada año, el Excedente obtenido serán repartidos así: El diez por ciento (10%) pasará a la Reserva de Emergencia hasta que ésta alcance al veinticinco por ciento (25%) del total de los recursos económicos de la Asociación; el remanente, será repartido entre los Asociados proporcionalmente a sus Haberes para la fecha del cierre, abonándose el monto de dichas utilidades o beneficios a la cuenta personal de cada uno de los Asociados beneficiados. Los remanentes acumulados sobre el veinticinco por ciento (25%) que constituirán la Reserva de Emergencia, podrán ser destinados a formar un Fondo de Reserva para Planes de Vivienda, el cual se regirá conforme a lo previsto en un Reglamento dictado a tales efectos y aprobado por la Asamblea de Asociados. La Reserva de Emergencia no podrá ser distribuida, salvo el caso de liquidación de la Asociación.”
Para alcanzar dicho objetivo primario, la Ley que regula a las Cajas de Ahorro, así como los Estatutos de la CARAEJIPSFANB, contemplan las actividades financieras que se deben realizar para obtener el rendimiento de los Haberes:
“La Caja de Ahorro para mantener índices de liquidez y solvencia acorde con el desarrollo de sus actividades, deberá presentar una equilibrada diversificación de los recursos líquidos que constituyen su patrimonio en:
1) Bancos e instituciones financieras regidas por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.
2) Bonos, Depósitos a Plazo y otros instrumentos de renta fija emitidos por instituciones financieras regidas por las Leyes vigentes en la República Bolivariana de Venezuela, que generen atractivo rendimiento económico y de fácil realización.
3) Títulos valores, emitidos y garantizados por el Banco Central de Venezuela y la República Bolivariana de Venezuela, que generen atractivo rendimiento económico y de fácil realización.”
Capítulo III. Deberes y derechos de los asociados. Art. 12.
Igualmente, forma parte de la actividad fundamental de la Caja de Ahorros, ofrecer Productos financieros a sus Asociados con condiciones favorables, que además de ello, le reporten igualmente beneficios por el rendimiento de sus Haberes.
En tal sentido, los productos que ofrece la Caja de Ahorro a sus Afiliados con condiciones favorables, según sus Estatutos, son los siguientes:
- Préstamos con Garantía de Haberes.
- Préstamos con Garantía de Haberes de otros Asociados.
- Préstamos con Garantía de Reserva de Dominio.
- Préstamos con Garantías Hipotecarias.
- Retiro de Haberes.
- Retiros Parciales de Haberes.
Otros beneficios para los Afiliados que se extraen de los Estatutos, se señalan a continuación:
- Mutuo Auxilio.
- Fondo de Montepío.
- Seguros Colectivos de Vida.
- Hospitalización, Cirugía y Maternidad.
- Gastos Médicos.
- Gastos Funerarios.