Mutuo Auxilio
Se establece el Mutuo Auxilio entre los miembros de la Asociación en caso de fallecimiento de los padres, cónyuges o de los hijos solteros o reconocidos de cualquiera de los miembros de la Asociación que estén bajo su protección.
Fondo de Montepío
Asimismo, se establece el Fondo de Montepío, el cual será un aporte de los Asociados, equivalente a Bs. 50 que le serán descontados del sueldo, jubilación o pensión base mensualmente.
El pago de los beneficios señalados se hará:
- Una vez que los interesados hayan introducido la Planilla de Solicitud de Montepío y Mutuo Auxilio correspondiente, acompañada de los recaudos indicados en la misma planilla.
- En casos excepcionales, cuando haya sido aprobado por el Consejo de Administración.
En la actualidad el monto de cobertura de estos beneficios es de hasta QUINCE MIL DOSCIENTOS bolívares (Bs. 15.200), los cuales podrán ser cancelados contra reembolso previa presentación de las facturas de acuerdo con las circunstancias al momento de presentarse el siniestro.
El servicio de Mutuo Auxilio y Fondo de Montepío es administrado por la empresa Proyectos Empresariales de Salud Administrados C.A (PESA C.A.) para la CARAEJIPSFANB.
Dirección: Final Calle El Recreo. Edif. Farallón. Piso 5 Ofc. 1-54. Bello Monte. Caracas.
Los teléfonos de contacto con la empresa son los siguientes:
Tel. Ofic. 0212-7614035, 0212-7630344 y 0212-7630550 (sólo horario de oficina).
Cel. 0424-1868110 (sólo emergencias funerarias).
E-mail: pesa24horas@gmail.com
NOTA: Para más información sobre el Mutuo Auxilio y Montepío, favor enviar sus dudas, sugerencias y recomendaciones a nuestro correo montepio.caja@gmail.com